COMPENSAR. Ahorro Cesantías

▶ CAFAM/COLSUBSIDIO/FAMISANAR ◀

¿Qué es?

La Ley 1636 de 2013 creó el mecanismo de protección al cesante. Dentro de los beneficios definidos en la ley se encuentra el estímulo al AHORRO DE LAS CESANTIAS para FOSFEC.
El Decreto 135 de 2014 estableció el beneficio monetario proporcional que recibirán los trabajadores que decidan ahorrar sus cesantías con esta destinación. Así las cosas, el titular de las cesantías que desee ahorrar para el mecanismo, deberá manifestar por escrito al empleador o a la Administradora de Fondo de Cesantías (AFC) correspondiente, su voluntad de destinar parcial o totalmente las cesantías causadas o por causarse en cualquier momento. Para tales efectos se ha dispuesto un formulario (descargar formato) por el Ministerio de Trabajo. Es de aclarar que este monto podrá ser revocado y modificado por el trabajador en cualquier momento.

Ahorro entre 1 y 2 años

*IngresoBeneficio
1 - Hasta 220%
Más de 2 - Hasta 319%
Más de 3 - Hasta 417%
Más de 4 - Hasta 516%
Más de 5 - Hasta 614%
Más de 6 - Hasta 712%
Más de 710%
* Ingreso en SMLVM

Ahorro entre 2 y 3 años

*IngresoBeneficio
1 - Hasta 222%
Más de 2 - Hasta 321%
Más de 3 - Hasta 419%
Más de 4 - Hasta 518%
Más de 5 - Hasta 616%
Más de 6 - Hasta 714%
Más de 712%
* Ingreso en SMLVM

Más de 3 años

*IngresoBeneficio
1 - Hasta 222,5%
Más de 2 - Hasta 322,5%
Más de 3 - Hasta 420,5%
Más de 4 - Hasta 519,5%
Más de 5 - Hasta 617,5%
Más de 6 - Hasta 715,5%
Más de 713,5%
* Ingreso en SMLVM