Es para nosotros muy importante que usted y todos los miembros de su grupo familiar conozcan los derechos que contempla la ley para los pacientes. De este modo podrá acceder fácilmente a los diferentes servicios que le brinda Compensar.
Derechos y deberes
Derechos
- Elegir libremente al médico o profesional de la salud así como la institución de salud que le prestará la atención requerida con los recursos disponibles.
- Tener una comunicación clara con el médico, de acuerdo con sus condiciones sicológicas y culturales, para obtener información necesaria respecto a la enfermedad que padece, los procedimientos y tratamientos que requiera y el pronóstico y riegos que conllevan. También su derecho a que en caso de inconciencia o minoría de edad, el médico, familiares o representantes consientan o rechacen estos procedimientos bajo expresa constancia escrita.
- Recibir un trato digno respetando sus creencias, costumbres, y opiniones personales que tenga sobre la enfermedad que sufre.
- Que su historia clínica sea tratada de manera confidencial y solo se dé a conocer en los términos definidos por la ley.
- Recibir la mejor asistencia de salud disponible, respetando su voluntad con relación a su proceso de atención.
- Ser informado acerca de los costos de los servicios de salud. En caso de urgencia recibirlos sin condicionamientos de pago anticipado.
- Recibir o rehusar apoyo espiritual o moral.
- Respetar su voluntad de participar o no en investigaciones científicas. Enmarcadas dentro de la normatividad legal vigente.
- Aceptar o rehusar la donación de sus órganos.
- Morir con dignidad y a que se respete su voluntad de permitir que el proceso de muerte siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad.
Deberes
- Procurar el cuidado integral de su salud, la de su familia y la de su comunidad.
- Tratar con respeto al personal que lo atiende.
- Respetar la intimidad de los demás pacientes.
- Afiliarse con su familia al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
- Realizar los pagos de las cotizaciones y valores obligatorios a a los que haya lugar.
- Suministrar información real sobre su ingreso base de cotización.
- Dar información veraz, clara y completa sobre su estado de salud.
- Cumplir las normas, reglamentos y políticas de las instituciones prestadoras de servicios de salud.
- Acatar las recomendaciones entregadas por el personal que lo atiende y reportar cualquier dificultad para seguirlas.
- Cuidar y hacer uso racional de los recursos, las instalaciones, la dotación y los servicios de salud.
- Resolución 13437 de 1991Resolución 13437 de 1991: Por la cual se constituyen los comités de Ética Hospitalaria y se adoptan el Decálogo de los Derechos de los Pacientes.